Un juez federal concedió la suspensión definitiva que frena la aplicación de todas las disposiciones de la reforma eléctrica, mientras se resuelve si concede o no el amparo.
Los efectos de esta medida cautelar, a pesar de que se solicitó solamente por dos empresas que realizan actividades reguladas en el sector eléctrico, debe tener efectos generales, señaló.

Explicó que otorgar una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para las quejosas, no solo estaría otorgándoles una ventaja competitiva frente a los demás particulares que se encuentran en su misma posición, sino que, además, podría ocasionar distorsiones en la industria eléctrica, afectando la competencia y el desarrollo del sector.
“Es precisamente uno de los efectos adversos que esta medida cautelar busca evitar, esto es, la violación al artículo 28 Constitucional”, explicó el juez.
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