El Ejecutivo federal envió a la Cámara de Diputados una iniciativa para reformar la Ley General de Salud que contempla sanciones de uno a ocho años de prisión y multas de hasta 226 mil pesos para quienes fabriquen, distribuyan o vendan cigarrillos electrónicos, vapeadores y dispositivos similares en México.
La propuesta deriva de la reforma constitucional aprobada en diciembre de 2024 que prohíbe estos dispositivos y busca reforzar el sistema de salud pública.
Prohibición absoluta
El proyecto establece la prohibición en todo el país de la adquisición, producción, comercialización, almacenamiento, transporte, importación, exportación y publicidad de vapeadores y sistemas análogos, incluyendo medios digitales.
Estos aparatos son definidos como dispositivos mecánicos o eléctricos que calientan, vaporizan o atomizan sustancias tóxicas, con o sin nicotina, distintas al tabaco, para su inhalación.
Riesgos para la salud
En la exposición de motivos, la Cofepris señala la presencia de compuestos dañinos no declarados en las etiquetas de estos productos y advierte sobre partículas tóxicas desprendidas de sus componentes.
Además, cita advertencias de la FDA de Estados Unidos, que confirma que los vapeadores contienen sustancias como glicerina, propilenglicol y glicerol, capaces de provocar daños severos al ser inhaladas.
La iniciativa argumenta que el uso de estos productos representa riesgos tanto para usuarios como para terceros expuestos y genera costos elevados al sistema de salud pública.
Otros puntos de la iniciativa
El proyecto presidencial también contempla:
La Secretaría de Salud coordinará los procesos de contratación consolidada de medicamentos, insumos y equipo médico de alta tecnología para mejorar planeación y abastecimiento.
Un Plan Maestro Nacional de Infraestructura en Salud para crear, sustituir o ampliar unidades médicas.
Regulación de hemoderivados y su industrialización.
Inclusión de variantes de fentanilo en la lista de estupefacientes regulados.